Ayudas a la rehabilitacion de la Comunidad de Madrid
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La Comunidad de Madrid a través del Plan de Rehabilitación 2009 – 2012 (Decreto 88/2009, de 15 de octubre ), contempla una serie de ayudas destinadas específicamente a la rehabilitación de edificios y espacios públicos.
Por otro lado el estado contempla, en el Plan de Vivienda y Rehabilitación 2009 – 2012 (Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre ), ayudas para la rehabilitación de viviendas y para las áreas de rehabilitación.
Las ayudas son en forma de:
- Subvenciones sobre parte del presupuesto de la obra.
- Préstamos convenidos con posibilidad de subsidiación.
La cuantía de las ayudas varía en función del presupuesto protegido de las obras de rehabilitación.
El Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación distingue varios tipos de actuaciones:
- Áreas de Rehabilitación Integral (ARI) de conjuntos históricos, centros urbanos, barrios degradados y municipios rurales. Se puede obtener préstamos convenidos y subvenciones en actuaciones dirigidas a viviendas, elementos comunes del edificio y en espacios públicos.
- Áreas de Renovación Urbana (ARU). Las actuaciones que pueden obtener préstamos contenidos y subvenciones son: demolición de edificios, urbanización y reurbanización, construcción de edificios destinados a viviendas protegidas, y programas de realojo temporal.
- Ayudas para la erradicación del chabolismo, pueden obtener subvenciones personas jurídicas, públicas o privadas y sin ánimo de lucro.
- Programa de ayudas RENOVE a la rehabilitación de viviendas y edificios de viviendas existentes. Las actuaciones relacionadas con los edificios pueden obtener préstamos y subvenciones, mientras que las viviendas sólo pueden obtener subvenciones. Podrán obtener financiación: la mejora de la eficiencia energética, la higiene, la salud y protección del medio ambiente en los edificios y viviendas, la mejora de la seguridad y la estanqueidad de los edificios y la mejora de la accesibilidad del edificio y/o sus viviendas.
La Comunidad de Madrid contempla ayudas para la rehabilitación que se agrupan de la siguiente manera:
- Edificios: embellecimiento del exterior de los edificios residenciales, la mejora de la funcionalidad en los elementos y zonas comunes referentes a seguridad, accesibilidad y salubridad, el acondicionamiento de elementos constructivos para reducir las emisiones de CO2 y la rehabilitación de edificios de tipología especial.
- Áreas de rehabilitación: junto a las ayudas destinadas a los edificios también pueden ser subvencionadas la renovación de espacios libres públicos y la demolición y reconstrucción de edificaciones.
Podrán beneficiarse de estas actuaciones las comunidades de propietarios de edificios residenciales, comunidades de bienes, los propietarios de edificios de viviendas no divididas y los municipios.
Para una mayor información, puede dirigirse a la Oficina de Rehabilitación de Edificios que corresponda al municipio donde se encuentra el edificio, vivienda o barrio a rehabilitar.
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